-      ¿Cuánto me cuesta el sistema y la instalación?

El sistema requiere de paneles que rondan los 300 a 500W, el precio de ellos depende de los kWp, pero suelen costar entre 100 y 300€/unidad. También es necesario un inversor que suele costar entre 400 y 1500€, en caso que quiera baterías necesitará un inversor híbrido, que suelen ser algo más caros. En caso que quiera baterías, puede usar tanto de gel, AGM o de litio. Estas últimas tienen una esperanza de vida mayor y suelen rondar los 1000 a 3000€. Para finalizar la instalación es necesaria una estructura, cableado, reguladores de carga y una caja de protecciones. Todo este material puede costar un total de 400 a 1000€. Finalmente, es necesario que los dispositivos sean instalados por profesionales. La mano de obra suele costar entre 600 y 1200€. Es decir, para una instalación sin baterías, el coste del sistema suele rondar los 4000€ y, junto a la mano de obra, la inversión inicial para una instalación de energía solar costará alrededor de 5000€.

 

-          ¿Cuánto tardaré en recuperar mi inversión?

Teniendo en cuenta que una instalación media requiere una inversión inicial de unos 4000€ y que esto supone un ahorro de un 50% aproximadamente, el retorno de la inversión por instalar una instalación de energía solar se sitúa entre los 5 a 8 años. Este valor es mucho menor a la esperanza de vida de las placas solares, que pueden llegar a 25 años o del inversor, que puede llegar hasta 10 o 15 años.

 

-          ¿Cuánto puedo ahorrar en mi tarifa eléctrica poniendo una instalación solar?

      Actualmente los precios de la electricidad cambian en función de la hora del día debido al nuevo formato de la tarifa eléctrica.   Este cambio ha provocado que mucha gente se plantee el uso de una fuente de energía alternativa: la solar. España es uno de   los países con más horas de sol anuales, añadiendo a este hecho el uso de energía solar limpia y renovable, se puede ahorrar   hasta un 50% en los gastos de la factura de la luz.

 

-          ¿Cómo legalizo mi instalación en Cataluña?

La Comunidad de Cataluña tramita en base a la normativa estatal existente para autoconsumo, todos los trámites son telemáticos a través del Canal Empresa: Canal Empresa gencat

Hay distintos factores que hacen variar el proceso de legalización de una instalación, estos son los siguientes:

    • ·         Tipo de autoconsumo (con o sin excedentes)
    • ·         Potencia de generación
    • ·         Inyección energía excedentaria en red
    • ·         Instalación acogida a compensación de excedentes

En función de las características mencionadas anteriormente se definen 6 casos de instalaciones con sus procesos de legalización        correspondientes.

A continuación, citamos todos los casos, indicando la documentación necesaria a cumplimentar en cada uno, así como el enlace donde encontrarla:

Resumen del procedimiento administrativo en Cataluña. Fuente: Guía IDAE 021

Caso a: Instalación generadora de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW

- Comunicación puesta en servicio e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.

Documentación caso a

 

Caso b: Instalación generadora de autoconsumo sin excedentes de más de 100 kW

- Solicitud de autorización administrativa previa y de construcción.

- Solicitud de explotación provisional para pruebas.

- Solicitud de explotación definitiva e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña

Documentación caso b

 

Caso c y Caso d: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes ACOGIDA a compensación de hasta 100 kW

- Solicitud de explotación provisional para pruebas.

- Solicitud de explotación definitiva e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.

Documentación caso c y d

 

Caso e: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes NO ACOGIDA a compensación de hasta 100 kW

- Solicitud de explotación provisional para pruebas e inscripción previa al Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica.

- Solicitud de explotación definitiva, inscripción definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.

 

Caso f: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes NO ACOGIDA a compensación de más de 100 kW

- Solicitud autorización administrativa previa y de construcción.

- Solicitud de explotación provisional para pruebas e inscripción previa al Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica.

- Solicitud de explotación definitiva, inscripción definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.