- ¿Cuánto me cuesta el sistema y la instalación?
El sistema requiere de paneles que rondan los 300 a 500W, el precio de ellos depende de los kWp, pero suelen costar entre 100 y 300€/unidad. También es necesario un inversor que suele costar entre 400 y 1500€, en caso que quiera baterías necesitará un inversor híbrido, que suelen ser algo más caros. En caso que quiera baterías, puede usar tanto de gel, AGM o de litio. Estas últimas tienen una esperanza de vida mayor y suelen rondar los 1000 a 3000€. Para finalizar la instalación es necesaria una estructura, cableado, reguladores de carga y una caja de protecciones. Todo este material puede costar un total de 400 a 1000€. Finalmente, es necesario que los dispositivos sean instalados por profesionales. La mano de obra suele costar entre 600 y 1200€. Es decir, para una instalación sin baterías, el coste del sistema suele rondar los 4000€ y, junto a la mano de obra, la inversión inicial para una instalación de energía solar costará alrededor de 5000€.
- ¿Cuánto tardaré en recuperar mi inversión?
Teniendo en cuenta que una instalación media requiere una inversión inicial de unos 4000€ y que esto supone un ahorro de un 50% aproximadamente, el retorno de la inversión por instalar una instalación de energía solar se sitúa entre los 5 a 8 años. Este valor es mucho menor a la esperanza de vida de las placas solares, que pueden llegar a 25 años o del inversor, que puede llegar hasta 10 o 15 años.
- ¿Cuánto puedo ahorrar en mi tarifa eléctrica poniendo una instalación solar?
- ¿Cómo legalizo mi instalación en Cataluña?
La Comunidad de Cataluña tramita en base a la normativa estatal existente para autoconsumo, todos los trámites son telemáticos a través del Canal Empresa: Canal Empresa gencat
Hay distintos factores que hacen variar el proceso de legalización de una instalación, estos son los siguientes:
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- · Tipo de autoconsumo (con o sin excedentes)
- · Potencia de generación
- · Inyección energía excedentaria en red
- · Instalación acogida a compensación de excedentes
- · Tipo de autoconsumo (con o sin excedentes)
En función de las características mencionadas anteriormente se definen 6 casos de instalaciones con sus procesos de legalización correspondientes.
A continuación, citamos todos los casos, indicando la documentación necesaria a cumplimentar en cada uno, así como el enlace donde encontrarla:
Resumen del procedimiento administrativo en Cataluña. Fuente: Guía IDAE 021
Caso a: Instalación generadora de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW
- Comunicación puesta en servicio e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.
Caso b: Instalación generadora de autoconsumo sin excedentes de más de 100 kW
- Solicitud de autorización administrativa previa y de construcción.
- Solicitud de explotación provisional para pruebas.
- Solicitud de explotación definitiva e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña
Caso c y Caso d: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes ACOGIDA a compensación de hasta 100 kW
- Solicitud de explotación provisional para pruebas.
- Solicitud de explotación definitiva e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.
Caso e: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes NO ACOGIDA a compensación de hasta 100 kW
- Solicitud de explotación provisional para pruebas e inscripción previa al Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica.
Caso f: Instalación generadora de autoconsumo CON excedentes NO ACOGIDA a compensación de más de 100 kW
- Solicitud autorización administrativa previa y de construcción.
- Solicitud de explotación provisional para pruebas e inscripción previa al Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica.
- Solicitud de explotación definitiva, inscripción definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica e inscripción en el Registro de autoconsumo de Cataluña.