Sigue sin aclararse el peaje de respaldo

Sigue sin aclararse el peaje de respaldo Sigue sin aclararse el “peaje de respaldo” La CNMC publica la circular por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte. Madrid, 22 de julio de 2014.-

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la CIRCULAR 3/2014 por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, junto con su Memoria justificativa. Para los que nos preocupa en qué va a quedar el culebrón del famoso “peaje de respaldo”, hay que decir, que sintiéndolo mucho, no se nos ha aclarado nada.

Y si alguien cree que la memoria justificativa ahonda un poco más, se puede ahorrar leérsela. En la Circular indica que entran dentro de ella: d) Los autoconsumidores por la energía consumida o vertida a la red, dependiendo de la modalidad de autoconsumo.

Lo cual no explica mucho cuales sí y cuáles no. Recordemos que la Ley 24/2013 define: Se distinguen las siguientes modalidades de autoconsumo:

a) Modalidades de suministro con autoconsumo.

Cuando se trate de un consumidor que dispusiera de una instalación de generación, destinada al consumo propio, conectada en el interior de la red de su punto de suministro y que no estuviera dada de alta en el correspondiente registro como instalación de producción. En este caso existirá un sujeto: el sujeto consumidor.

b) Modalidades de producción con autoconsumo.

Cuando se trate de un consumidor asociado a una instalación de producción debidamente inscrita en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica conectada en el interior de su red. En este caso existirán dos sujetos: el sujeto consumidor y el productor.

c) Modalidades de producción con autoconsumo de un consumidor conectado a través de una línea directa con una instalación de producción.

Cuando se trate de un consumidor asociado a una instalación de producción debidamente inscrita en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica a la que estuviera conectado a través de una línea directa. En este caso existirán dos sujetos: el sujeto consumidor y el productor.

d) Cualquier otra modalidad de consumo de energía eléctrica proveniente de una instalación de generación de energía eléctrica asociada a un consumidor.

Con lo que seguimos sin poder ni siquiera intuir a cuales se referirían. La base está en que las modalidades de autoconsumo definidas son confusas.

Con lo fácil que sería definir las 3 que hay en todo el mundo: Autoconsumo sin verter excedentes. Autoconsumimos todo lo producido o simplemente no producimos o almacenamos excedentes, pero no vertemos nada a la red Autoconsumo con balance neto.

Se contabiliza en contador lo que entra y sale, para balancearlo en periodos anuales. Autoconsumo con venta de excedentes. Vendemos a pool los excedentes de nuestra instalación.

Para no desesperar, cabe recordar lo que decía la CNE (la nueva CNMC):

En su Informe califica el peaje de respaldo de : “Propuesta inaplicable en la práctica”. Dedica un capítulo entero al tema, llamándolo: Sobre la insuficiente justificación del llamado “peaje de respaldo” ”Los argumentos de la imputación de estos conceptos a la energía autoconsumida, en opinión de esta Comisión, no se encuentran justificados “…el establecimiento de un “peaje de respaldo” únicamente a los consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo, supone un trato discriminatorio con respecto al resto de consumidores, que pudiendo reducir su consumo en el caso de que adoptaran medidas de eficiencia energética (como el aislamiento de su vivienda o el uso de lámparas de bajo consumo), no pagarían este peaje por la energía que pudieran ahorrar.”

La conclusión que desde Tienda Solar extraemos es que el “peaje de respaldo” es solo un arma disuasoria para mantener al sector parado a fin de que un boom del autoconsumo perjudicara el objetivo de terminar con el déficit de tarifa. La razón es que si consumimos menos, el coste del sistema, y lo que debemos atrasado, cuesta más de pagar. No hay razones técnicas, legales o económicas para que se establezca dicho peaje. Así que no tengamos miedo y conquistemos el SOL. Su energía puede ser nuestra.

 

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